sábado, 11 de marzo de 2017

Turismo Estudiantil

Destinado a Agencias de Viaje que Operen en la Actividad:

Ampara los accidentes que sufran las pasajeros declarados por el contratante desde el
inicio hasta la finalización de los viajes, incluyendo dentro de ese período las siguientes
actividades: 

CAMINATAS, CAMPAMENTOS, ESCALADA, CABALGATAS, RAFTING, RAPEL,
TIROLESA, ESPELEOLOGÍA, TRAVESÍAS EN CUATRO POR CUATRO, PASEOS, BICICLETA DE MONTAÑA y EXCURSIONES.

Con un plazo no menor a 24 horas antes de la realización de cada viaje, el contratante deberá informar (vía correo electrónico), el listado de pasajeros. 

La declaración deberá contener el Apellido y Nombre, número de DNI y Fecha de Nacimiento de cada una de las personas. 

Asimismo se deberá indicar el destino, la fecha de inicio y finalización del viaje.



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